publicidad

ACTUALIZACIÓN NORMATIVA

ARCA modificó el régimen especial de ingreso de IVA para operaciones en plataformas digitales

A través de la Resolución General 5794/2025, el organismo ajustó el alcance operativo, los parámetros de cálculo y las obligaciones de intermediarios y proveedores que realizan transacciones electrónicas.

PorTendencia de noticias
02 dic, 2025 10:18 a. m. Actualizado: 02 dic, 2025 10:18 a. m. AR
ARCA modificó el régimen especial de ingreso de IVA para operaciones en plataformas digitales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso cambios en el régimen especial de ingreso del IVA para operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios concertadas electrónicamente mediante plataformas digitales, según confirmó la Agencia Noticias Argentinas. La modificación se instrumentó mediante la Resolución General 5794/2025.



El organismo explicó que la actualización introduce ajustes sobre la Resolución General 5319, identificada como la norma modificada en el nuevo esquema. El objetivo, según indicó el texto, es precisar el alcance operativo de los sujetos alcanzados y establecer criterios más claros para la determinación del impuesto por parte de intermediarios y proveedores que operan en entornos digitales.



La normativa establece que el régimen abarca transacciones concertadas por medios electrónicos en plataformas que facilitan la oferta, publicidad o intermediación de bienes y servicios. Asimismo, aclara que los responsables de la percepción o del ingreso del impuesto deben cumplir con los procedimientos de declaración previstos en los sistemas fiscales habilitados.



La resolución también detalla que los sujetos comprendidos deberán registrar las operaciones en los sistemas informáticos dispuestos por ARCA, con el fin de garantizar trazabilidad, verificación y cumplimiento de las obligaciones vinculadas al IVA. En este sentido, las plataformas digitales que intervienen en transacciones deberán aplicar los mecanismos de ingreso establecidos para asegurar la recaudación correspondiente.



El organismo indicó que los valores, parámetros metodológicos y condiciones de aplicación se desarrollan en el anexo técnico que acompaña la resolución, disponible en la edición web del Boletín Oficial. Ese anexo contiene los criterios de cálculo para el tratamiento del impuesto en operaciones electrónicas.



Según el documento, la medida se dicta en ejercicio de las facultades de fiscalización, control y recaudación atribuidas a ARCA, y forma parte de un proceso de adecuación normativa iniciado en períodos previos, orientado a reorganizar el alcance de los regímenes de percepción aplicados a actividades sujetas a intermediación digital.



Finalmente, la resolución ordena comunicar los cambios a las áreas de control fiscal y disponer su archivo una vez cumplidas las formalidades administrativas. ARCA remarcó que el régimen actualizado deberá aplicarse desde la fecha indicada en el anexo técnico y conforme a las disposiciones que regulan la operatividad tributaria en entornos electrónicos.

publicidad

Más de economía

publicidad